¿Y si no se acata la decisión de la Suprema Corte?
- José J. Castellanos
- 3 nov 2024
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El tema de la justicia legal suele dejar indiferente a la mayoría de los mexicanos. Se considera que los problemas particulares son de cada cual, aunque lo que se resuelva de algún modo nos pueda ser aplicado. Mientras a mí no me toque, se opina, yo mejor no me meto. En todo caso, el asunto escala cuando se trata de personajes relevantes por su posición, su cargo o su fama. Por eso nos solemos desentender del proceso legislativo, tanto de la forma como se hacen las leyes como de su contenido. Se nos olvida que el desconocimiento de la ley vigente, no nos exime de su cumplimiento. Otro tanto ocurre acerca de las decisiones de los jueces, magistrados y ministros.

Durante muchos años, el tema del amparo corrió la misma suerte porque sus efectos solo se aplicaban a quien lo promovía, aunque se tratara de una violación de la Constitución o de las leyes. Ciertamente existían dos momentos para recurrir a él: primero, cuando se aprobaba la ley, y segundo, cuando nos la aplicaban. Esto era más riesgoso, pues ya el proceso judicial estaba en marcha y defenderse no era tan fácil. Posteriormente se modificó la legislación, a fin de que los efectos de un amparo en firme, fuera de beneficio para todos los mexicanos, lo cual obligaba a que se modificara la norma que había sido anulada por el amparo.
El hecho de que se aplicara el amparo a unos pocos no preocupaba a las autoridades, particularmente cuando se trataba del tema de los impuestos, pues el resto de los contribuyentes tenían que seguir pagando. De igual forma seguía vigente la ley para aplicarla a quien incumpliera con ella. El hecho de que el amparo beneficiara a todos, sí afectaba al gobierno. Eso explica por qué la Cuarta Transformación, entre las regresiones que está realizando, volvió al antiguo sistema.
El no respeto a un amparo o una disposición judicial constituye un delito, pero pocas veces sabemos que existan funcionarios públicos a quienes se haya procesado por el mismo. Se trata del delito de desacato.
Pero resulta que algo que era raro en el pasado ha adquirido relevancia porque quienes han recurrido al amparo son expertos en el tema: los jueces ante la reforma del Poder Judicial de la Federación. Muchos de esos reclamos fueron previos a la reforma, de tal suerte que no se les puede aplicar el principio de que contra la Constitución no hay amparos. Muchos de esos amparos están firmes y la autoridad que debe acatarlo es el Congreso y el Poder Ejecutivo, por lo tanto, se presume que están en desacato, no solo porque los ignoraron, sino hasta han verbalizado su decisión de no respetarlos. Seguramente se sienten protegidos por el fuero de sus cargos.
El valor de una decisión de un juez es el mismo que el de un Tribunal Colegiado que lo confirma y el de la Suprema Corte. Sin embargo, muchos de esos amparos han sido otorgados por los jueces y es posible impugnarlos, pero los afectados no lo han hecho, cuando ése sería el camino que las autoridades debieron seguir. Se sienten impunes.
Sin embargo, ahora la Suprema Corte está analizando la reforma constitucional en cuanto tal, lo cual ha generado una gran polémica y ya está sobre el tapete una propuesta de rechazar algunas de las disposiciones de la misma. Para que sea válida, se requiere que cuando menos 8 de los ministros la aprueben. Hasta ahora se sabe de tres votos incondicionales de ministras que aprueban lo que diga la 4T. Del resto, aunque se sospecha que estarían de algún modo de acuerdo en la discusión y aprobación de alguna medida, no hay certeza del número y en qué coincidirían. La gran pregunta es ¿qué pasa si la Corte invalida en todo o en parte la reforma?
La Presidente ha dicho que no acatará su resolución, afirmando que la Corte no es competente para abordar el tema. El Congreso y el llamado Constituyente Permanente están de acuerdo y, por si fuera poco, aprobaron a toda prisa otra reforma constitucional para atarle las manos a la Corte. Esta última reforma no está a discusión por el momento, aunque se pretende aplicarla retroactivamente, rompiendo un principio de derecho. El solo hecho de haber mandado esa reforma, fue un reconocimiento implícito de la facultad con que cuenta la Corte para resolver sobre el tema. El miedo no anda en burro.
Los especialistas en el tema, incluyendo a algunos ex ministros de la Corte, señalan que, de no acatarse la resolución, además de que se cometería un delito por la autoridad que incurra en ello, se quebrantará el Estado de Derecho, situación sumamente grave pues pone en duda la legitimidad de quienes ocupan los cargos afectados. Y de hacerlo, además de escudarse en el fuero quien lo tenga, cuentan con el apoyo de los militares, la fuerza, para sostenerse en los mismos, en tanto que los Ministros carecen de fuerza que obligue a que se cumpla lo acordado.
Tristemente estaríamos en un sistema autoritario que rompe con una de las reglas de la división de poderes y, principalmente, se burla de la instancia que por definición es un Tribunal Constitucional, pues no le toca ni al Ejecutivo ni al Legislativo la interpretación de la Constitución y, en este caso, de la reforma aprobada a toda prisa y rica en errores. Si las autoridades no cumplen con la ley o las decisiones legales, ¿qué nos puede ocurrir a los ciudadanos? Simplemente, estamos en manos de la arbitrariedad.
