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Foto del escritorJosé J. Castellanos

Las injusticias de la prisión preventiva

En México existen más de 95 mil personas tras las rejas de un penal, bajo la figura de “prisión preventiva”. Bajo la misma muchísimas personas han permanecido en la cárcel por años, sin juicio y, por lo tanto, sin sentencia. Esta medida fue consecuencia de que durante todo el siglo pasado nuestro sistema penal desconociera el principio de presunción de inocencia. Por el contrario, prevaleció todo lo contrario, la presunción de culpabilidad. Esto ha desacreditado la supuesta obligación del Poder Judicial de aplicar justicia “pronta y expedita”.


Foto: Freepik

De pronto nos encontramos con que la Suprema Corte de Justicia de la Nación va a discutir esta disposición contenida en el artículo 19 de la misma. Se trata de un curioso caso de que el Tribunal Constitucional someta a juicio a la propia Constitución. Es un caso verdaderamente interesante pues sentaría un precedente si se llegara a indicar lo inapropiado de una medida que ha sido rechazada por la Corte Interamericana, al considerarse violatoria de los derechos humanos. Con

ello se violaría, precisamente, la presunción de inocencia y el debido proceso.


Independientemente de los argumentos jurídicos que estarán en juego, se afirma que con la prisión preventiva se asegura el proceso a los presuntos delincuentes. Pero esto, como hemos visto en los últimos tiempos, cuando se trata de presuntos culpables de talla política, social o económica, la medida genera un efecto mediático que, lamentablemente, suma voces en los medios para calificar como culpables a muchos que no lo son o, que por lo menos, no han sido

juzgados.


Bien sabemos que los índices de impunidad en México son elevadísimos por diversas causas: falta de denuncia del delito, denuncias sin investigar, investigaciones y detenciones mal realizadas que generan la puesta en libertad de los acusados al incumplirse el debido proceso e investigaciones que terminan con prisión preventiva para no ser juzgadas y permanecen sin solución.

A ello hay que agregar que durante años se han fabricado culpables o semiculpables que están encarcelados y su detención obedece a pretensiones de demostrar eficacia de la investigación y la detención de los supuestos responsables. Esta acción pasaba por la policía judicial, que, a pesar de

su nombre, no corresponde al Poder Judicial. Lo que ocurría —y quizá continúa— en los separos era de horror. La tortura fue sistemática, y aunque se supone que es indebida, lo cierto es que en no pocos casos fue el medio para que los detenidos se declararan culpables. Y esto llegó más allá, cuando el exceso del tormento y ante la imposibilidad de obtener el objetivo del mismo, los detenidos morían en manos de los policías sin que pasara nada, pues en caso de que se demostrara que así ocurría, con el apoyo de sus jefes o compañeros se daban a la fuga, incrementando las cifras de la impunidad.


Pero estas investigaciones con supuestos elementos de prueba, eran presentadas a los juzgados y ante las supuestas evidencias se les “iniciaba” un juicio que se pierde en el tiempo y el espacio, ante la imposibilidad de los jueces de atender rápidamente los juicios, que en realidad quedaban en manos de los secretarios. Este problema pretendió superarse con el nuevo sistema penal acusatorio, que, aunque ha permitido un mayor avance en la solución de casos, no ha podido

eliminar el rezago.


Las consecuencias de la impunidad, se ha dicho hasta el cansancio, son los altos índices de delincuencia que vivimos en el país. Esto favorece, generalmente, al crimen organizado, pues los delitos individuales suelen ser resueltos con mayor facilidad, siempre y cuando no entren en juego intereses políticos o económicos.

El anuncio de esta discusión jurídica por parte de la Suprema Corte, coincide con la detención y determinación de prisión preventiva de Jesús Murillo Karam, ex procurador de Justicia Federal, y la excarcelación de Rosario Robles después de permanecer tres años en prisión.


Ante este escenario, cabe preguntarse si la prisión preventiva ha tenido alguna utilidad real para impartir justicia o ha sido un medio judicial de injusticia.

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